TITULO XI - DISPOSICIONES GENERALES

 

ARTÍCULO 32º: Toda cuestión que se suscite entre entidades integrantes será resuelta por la Asamblea de Delegados, que deberá ser convocada en cada caso expresamente para tal objeto y actuará con carácter de Tribunal Arbitral.

ARTÍCULO 33º: Los Colegios que deseen ingresar a la Federación, deberán presentar copia de su última memoria y balance y su padrón actualizado.

ARTÍCULO 34º: En la reunión anual ordinaria de la Asamblea de Delegados cada entidad deberá llevar un informe donde constarán los movimientos de padrón que se hayan suscitado. Este último tendrá carácter de declaración jurada.